La escritura de voluntad anticipada es el acto a través del cual una persona encontrándose en una situación de enfermedad terminal o previendo esta situación, expresa su voluntad ante notario en una declaración de manera anticipada, respecto de los tratamientos médicos, procedimientos y cuidados que desea o no recibir cuando no pueda expresarse y gobernarse por sí misma, señalando sus preferencias para ser respetedas por médicos y familiares. En esta escritura se nombra a uno o más representantes con facultades suficientes para tomar decisiones sobre el tipo de tratamiento médico que se desea recibir frente a enfermedades terminales y accidentes, permitiendo morir humanamente renunciando a medios desproporcionados, optando por la aplicación de medios paliativos, buena calidad de vida, evitando la prolongación cruel y artificial de la vida.

 



Finalidad de la Voluntad Anticipada

  •  Asegurar que los pacientes en situación de enfermedad terminal o irreversible sean tratados como seres humanos hasta el final de sus días

  • Respetar la voluntad del paciente

  • Respetar la dignidad como persona

  • Darle a las personas un trato humano en todo momento

  • Evitar el dolor agonizante y la obstinación terapéutica

  • Garantizar una muerte natural en condiciones dignas